Noticias Legales de interés para la minería

Por: Karina Rodríguez Matus*

I. Publicaciones relevantes en el Diario Oficial de la Federación

Minería

  • Reformas y adiciones a la Ley Minera. DOF. 20 abril 2022. 

Medio Ambiente

  • Reforma y adiciones a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de ordenamiento ecológico del territorio nacional. DOF. 11 abril 2022. 
  • Reforma y adiciones a la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable. DOF. 11 abril 2022.
  • Reforma y adiciones a la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, en relación con los derechos de comunidades indígenas, afromexicanas y equiparables.  DOF. 11 abril 2022.

Aguas Nacionales

  • Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-2021. Agua para uso y consumo humano. Límites permisibles de la calidad del agua. DOF. 2 mayo 2022. 

General 

  • Reforma y adiciones a la Ley General de Comunicación Social, respecto al uso de lenguaje no discriminatorio. DOF. 12 abril 2022.
  • Se declaran días inhábiles para el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, los días 06 de mayo y 31 de octubre de 2022. DOF. 4 mayo 2022. 
  • Reforma al artículo Quinto Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Federal de la Defensoría Pública, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley del Seguro Social, en materia de justicia laboral, libertad sindical y negociación colectiva”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de mayo de 2019. DOF 18 mayo 2022. 
  • Lineamientos para la Elaboración y Presentación de Proyectos de Iniciativas de Ley Expedidas por el Poder Ejecutivo Federal. DOF. 25 mayo 2022. 
  • Lineamientos para la Elaboración y Presentación de Proyectos de Reglamentos Expedidos por el Poder Ejecutivo Federal. DOF. 25 Mayo 2022. 
  • Reformas y adiciones al Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. DOF. 2 junio 2022.
  • Reformas y adiciones al Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. DOF. 2 junio 2022. 

II. Noticias de la Corte

  • La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió la acción de inconstitucionalidad en contra de la creación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil que pretendía obligar a los usuarios de telefonía móvil a otorgar diversos datos personales, como eran: nombre, nacionalidad, número de identificación o CURP; así como datos sensibles (en este caso, datos biométricos). La SCJN determinó declarar la invalidez del total de los cambios normativos introducidos por el Decreto impugnado. Ello, principalmente por no superar un test de proporcionalidad, encaminado a analizar la restricción al derecho a la privacidad y protección de datos en general. Específicamente, por existir medidas alternativas igualmente idóneas para garantizar la seguridad pública, pero menos lesivas para estos derechos. 
  • La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el artículo 142, fracción IV, de la Ley de Instituciones de Crédito no es arbitrario, desproporcional, ni vulnera el derecho a la vida privada, al permitir que las autoridades hacendarias federales requieran información para fines fiscales relacionada con el secreto bancario, sin mediar autorización judicial. La SCJN reconoció la relevancia del derecho a la privacidad; sin embargo, advirtió que como todo derecho no es absoluto y debe ponderarse frente a otros fines de alta importancia constitucional como cuando una autoridad hacendaria requiere información con la finalidad de verificar el correcto cumplimiento de la obligación ciudadana de contribuir al gasto público, el cual puede mermarse a través de conductas como la defraudación fiscal, el lavado de dinero, el terrorismo o la delincuencia organizada.
  • La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió mediante jurisprudencia que la retención de bienes sí puede implementarse en un juicio ejecutivo mercantil, en aras de poner al alcance de todos los justiciables las herramientas necesarias para garantizar el eficaz cumplimiento de una eventual sentencia condenatoria. Lo anterior, como parte esencial del derecho de acceso a la justicia. La SCJN destacó que la utilización de la retención de bienes dentro del juicio ejecutivo mercantil no impide que también pueda solicitarse la figura del embargo, ante la posibilidad de que los bienes retenidos no sean suficientes para garantizar el cumplimiento total de la obligación, en el entendido de que el demandado tiene a su alcance los correspondientes medios de defensa para remediar una caución desproporcionada respecto del crédito reclamado.
  • La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las autoridades encargadas de aplicar la vacuna contra el Covid-19 deben suministrar a médicos del sector privado, las dosis y posteriores refuerzos en las mismas condiciones y tiempo que al personal del sector público de salud, ya que, en términos de la Ley General de Salud, todos forman parte del Sistema Nacional de Salud. Cuando médicos del sector privado que se encuentran dentro de la primera línea de contacto con pacientes infectados del virus o médicos cirujanos que prestan de manera cotidiana la atención médica a dichos pacientes, reclaman la omisión de las autoridades responsables de vacunarlos contra el virus SARS-CoV-2, la suspensión del acto reclamado debe ser abordada de oficio y de plano, y debe ser concedida la medida cautelar. La SCJN determinó que, sin importar si los médicos pertenecen al sector público o privado, debe priorizarse la vacunación, ya que la omisión de vacunar a médicos del sector privado constituye un acto violatorio de la dignidad humana por ser discriminatorio respecto de sus pares que laboran en el sector público. Al no estar vacunados, los médicos prestan sus servicios sin la protección inmunológica necesaria para disminuir las posibilidades de contagio o evitar desarrollar formas graves de la enfermedad.
  • La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que, a la luz de una interpretación del derecho a la igualdad, la figura de la compensación para el cónyuge que se haya dedicado preponderantemente a las labores del hogar o el cuidado de los hijos, prevista en el artículo 267, fracción VI, del Código Civil para el Distrito Federal, hoy Ciudad de México, es aplicable para aquellos casos en los que el matrimonio celebrado bajo el régimen de separación de bienes termine por la muerte de alguno de los cónyuges. La Primera Sala reiteró que la figura de la compensación es una obligación que emana de la disolución del matrimonio que tiene como objeto corregir y reparar las desigualdades resultantes de su organización patrimonial, cuando uno de los cónyuges asuma las cargas domésticas en mayor medida que el otro.
  • Acción de Inconstitucionalidad 78/2022. Promoventes: Diversas Senadoras y Senadores de la República Mexicana, Integrantes de la LXV Legislatura mediante los cuales solicitan se declare la invalidez de lo siguiente: “El decreto publicado en el DOF el 20 de abril de 2022, emitido por el Congreso de la Unión, mediante el cual se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Minera, en materia de litio”.

*Rodriguez Matus & Feregrino Abogados. Santa Mónica No. 14. Col. Del Valle. CP. 03100. Ciudad de México. 

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